Programa «ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA»

(Tarjeta de alimentos FSE+)

              

                El Programa FSE + de Asistencia Material Básico viene a sustituir al anterior Programa FEAD. Este programa esta cofinanciado al 90% por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027).

           Este Programa, dependiente de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, ofrece la posibilidad de reforzar el derecho a la cobertura de alimentos o prestación material de asistencia material básica de todas las personas que lo necesiten, con garantía pública, a través de sistemas normalizados que respeten la dignidad y eviten la estigmatización de las personas, así como la de implementar enfoques de atención integrales.

A quién va dirigido

Familias que reúnan los siguientes requisitos:

    • Solicitante con 18 o más.
    • Al menos un menor a cargo.
    • Empadronamiento en el municipio de Alcalá de Henares.
    • Ingresos familiares inferiores al 50,54 % de la renta mediana nacional (pulsar aquí para más información sobre este punto)

Hasta cuándo

El plazo para poder acceder al Programa está abierto hasta el 31 de diciembre de 2027.

Dónde me informo

 

    • Puedes dirigirte a cualquiera de los centros de servicios sociales:
        • Centro de Servicios Sociales «Plaza de los Carros«
        • Centro de Servicios Sociales «Plaza de Navarra«
    • Enviar un correo a infosociales@ayto-alcaladehenares.

PRODUCTOS PERMITIDOS

   Productos de alimentación y otros productos de asistencia material básica (artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, así como de higiene femenina menstrual y pañales infantiles).

CUANTÍA DE LA AYUDA ECONÓMICA

2 personas

130 € /mes

1.560 € / año

3 personas

160 € / mes

1.920 € / año

4 personas

190 € / mes

2.280 € / año

5 o mas personas

220 € / mes

2.640 € / año

DURACIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA

La ayuda reconocida tendrá una duración de 12 meses.

Preguntas frecuentes:

¿Qué se entiende por unidad familiar?

     Se entenderá por unidad familiar la constituida por todas las personas empadronadas en el mismo domicilio y que estén unidad entre sí por vínculo matrimonial, como pareja de hecho, o por vínculo hasta el primer grado de consanguinidad y afinidad, adoptación  y otras personas con las que convivan en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

Si mi situación es irregular en España, ¿puedo solicitar la tarjeta?

     Sí. El Programa no establece restricciones en este sentido, si bien se deberá verificar que cumple los requisitos de elegibilidad del Programa.

Si resido con otra unidad familiar que cumple los requisitos, ¿puedo solicitar la tarjeta de forma independiente?

       Sí, en un mismo domicilio podrán convivir varias unidades familiares. En ningún caso una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades familiares.

Tengo custodia compartida y los menores estén empadronados en un solo domicilio, ¿puedo solicitar la tarjeta?

        En dichas situaciones se considerará que la unidad familiar se encuentra en el domicilio en el que los menores estén empadronados.

¿Tengo que estar empadronado un mínimo de tiempo?

     No; pero es requisito imprescindible que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el domicilio. 

¿Cómo se determina mi situación económica?

     Para la determinación de la situación económica se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar, valorándose la situación actual. 

         Los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar incluirán los siguientes:

      • Los procedentes del trabajo, sea por cuenta ajena o propia.
      • Los  de pensiones, prestaciones y subsidios (incluidas las procedentes de otros países).
      • Los rendimientos de patrimonio.
      • Cualquier otro ingreso que no figure como ingreso no computable

          Quedan excluídos (no son computables) los ingresos procedentes de:

      • Pensiones alimenticias
      • Prestaciones cuya finalidad sea el acceso de los miembros de la unidad familiar a la educacion.
      • Prestaciones del Sistema Nacional de Dependencia.
      • Prestaciones procedentes de otros sistemas: sanidad, vivienda, transporte,etc. 
      • Prestaciones destinadas a la  cobertura de situaciones de urgencia y emergencia social.
      • Cualquier otra con finalidades similares.

En el caso de que no pueda justificar mis ingresos, ¿qué documentación debo aportar?

En caso de no ser posible determinar la situación económica con otros documentos, se deberá presentar una declaración responsable, en modelo facilitado a estos efectos.

Si me encuentro en situación irregular, ¿cómo puedo justificar mis ingresos?

    A través de la declaración responsable de medios de vida, en el modelo establecido a estos efectos.

¿Qué debo de hacer si mis circunstancias varían?

       Cualquier cambio en las circunstancias de la persona que supongan incumplimiento de los requisitos de acceso al Programa al que han sido derivados deberá ser comunicado al Centro de Servicios Sociales.

¿Es compatible esta ayuda con otras ayudas?

       El acceso a este Programa es compatible con cualquier otra ayuda otorgada por las Administraciones Públicas.

¿Necesitas más ayuda?

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