Programa «ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA»

(Tarjeta de alimentos FSE+)

              

                El Programa FSE + de Asistencia Material Básico viene a sustituir al anterior Programa FEAD. Este programa esta cofinanciado al 90% por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027).

           Este Programa, dependiente de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, tiene por objeto hacer frente a la privación material mediante la entrega a personas mas desfavorecidas con menores a cargo de una tarjeta monedero con la que podrá comprar alimentos, incluido frescos, y otros productos básicos en las superficies designadas para ello, además de recibir medidas de acompañamiento que apoyen su inclusión social.

A quién va dirigido

Familias que reúnan los siguientes requisitos:

    • Solicitante con 18 o más.
    • Al menos un menor a cargo.
    • Empadronamiento en el municipio de Alcalá de Henares.
    • Ingresos familiares inferiores al 40% de la renta mediana nacional

Hasta cuándo

El plazo para poder acceder al Programa está abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

Dónde me informo

Para saber si cumples los requisitos:

    • Puedes dirigirte al Centro de Servicios Sociales «Plaza de Navarra»
    • Enviar un correo a infosociales@ayto-alcaladehenares.
    • Llamar al teléfono 91 888 33 00 (exts 8200/8231/6960)

PRODUCTOS PERMITIDOS

Productos de alimentación y otros productos de asistencia material básica (artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, así como de higiene femenina menstrual y pañales infantiles).

CUANTÍA DE LA AYUDA ECONÓMICA

2 personas

130 € /mes

3 personas

160 € / mes

4 personas

190 € / mes

5 o mas personas

220 € / mes

¿Cómo puedo acceder al Programa?

01.

Acércate a informarte

Acércate a informarte al Centro de Servicios Sociales. Allí comprobarán si cumples o no los requisitos para poder acceder al Programa y, en su caso, te entregarán toda la documentación necesaria.

02.

Entrega la documentación

Cuando dispongas de toda la documentación, acude al Centro de Servicios Sociales a presentarla (no es necesario cita previa). Una vez presentada la documentación completa, te facilitarán cita con un/a trabajador/a social

03.

Entrevista con el/la Trabajador/a social

En la entrevista, el/la trabajador/a social realizará una valoracion y el diágnóstico social y planificará la intervencion estableciendo las medidas de acompañamiento. Verificará que cumple las condiciones establecidas por la CM para acceder al Programa.

04.

Resolución de CM

La CM decidirá si acepta la propuesta de alta en el Programa y comunicará a Cruz Roja el alta.

05.

Recogida de la tarjeta

Las tarjetas serán entregadas por Cruz Roja, quien se pondrá en contacto con la unidad familiar para fijar la fecha de entrega en la oficina más cercana al municipio de residencia.

Preguntas frecuentes:

¿Qué se entiende por unidad familiar?

     Se entenderá por unidad familiar la constituida por todas las personas empadronadas en el mismo domicilio y que estén unidad entre sí por vínculo matrimonial, como pareja de hecho, o por vínculo hasta el primer grado de consanguinidad y afinidad, adoptación  y otras personas con las que convivan en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

Si mi situación es irregular en España, ¿puedo solicitar la tarjeta?

     Sí. El Programa no establece restricciones en este sentido, si bien se deberá verificar que cumple los requisitos de elegibilidad del Programa.

Si resido con otra unidad familiar que cumple los requisitos, ¿puedo solicitar la tarjeta de forma independiente?

       Sí, en un mismo domicilio podrán convivir varias unidades familiares. En ningún caso una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades familiares.

Tengo custodia compartida y los menores estén empadronados en un solo domicilio, ¿puedo solicitar la tarjeta?

        En dichas situaciones se considerará que la unidad familiar se encuentra en el domicilio en el que los menores estén empadronados.

¿Tengo que estar empadronado un mínimo de tiempo?

     No; pero es requisito imprescindible que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el domicilio. 

¿Cómo se determina mi situación económica?

     Para la determinación de la situación económica se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar, valorándose la situación actual. 

         Los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar incluirán los siguientes:

      • Los procedentes del trabajo, sea por cuenta ajena o propia.
      • Los  de pensiones, prestaciones y subsidios (incluidas las procedentes de otros países).
      • Los rendimientos de patrimonio.
      • Cualquier otro ingreso que no figure como ingreso no computable

          Quedan excluídos (no son computables) los ingresos procedentes de:

      • Pensiones alimenticias
      • Prestaciones cuya finalidad sea el acceso de los miembros de la unidad familiar a la educacion.
      • Prestaciones del Sistema Nacional de Dependencia.
      • Prestaciones procedentes de otros sistemas: sanidad, vivienda, transporte,etc. 
      • Prestaciones destinadas a la  cobertura de situaciones de urgencia y emergencia social.
      • Cualquier otra con finalidades similares.

En el caso de que no pueda justificar mis ingresos, ¿qué documentación debo aportar?

En caso de no ser posible determinar la situación económica con otros documentos, se deberá presentar una declaración responsable, en modelo facilitado por el Centro de Servicios Sociales a estos efectos.

Si me encuentro en situación irregular, ¿cómo puedo justificar mis ingresos?

    A través de la declaración responsable de medios de vida, en el modelo establecido a estos efectos.

¿Qué debo de hacer si mis circunstancias varían?

       Cualquier cambio en las circunstancias de la persona que supongan incumplimiento de los requisitos de acceso al Programa al que han sido derivados deberá ser comunicado al Centro de Servicios Sociales.

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